
Indestructible campaña electoral retrocede desarrollo
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El concepto de campaña electoral es concebido por Martínez & Méndez, 2004, como el tiempo en que «los partidos tienen que comunicar con eficacia a la población que quieren alcanzar el poder con el objeto de impulsar políticas diferentes al resto de las formaciones políticas. En ese sentido, se señala que se trata un período… determinado, diferenciado claramente de los tiempos inter electorales».
Lo expresado anteriormente, no dice que se debe vivir permanentemente en campaña como han interpretado –erróneamente– los políticos y partidos nuestros, estar en indestructible campaña electoral es retroceder el desarrollo de la nación, su impulso a destiempo provoca un ambiente perturbador, fomenta el clientelismo y contribuye al deterioro del funcionamiento de instituciones y la población general.
Cada país tiene su legislación que regula la campaña electoral, limitarla además de reducir su duración permite mayor control de la inversión, uso de espacios públicos, cerrados, mítines, disminuye costos y –hasta cierto modo– garantiza igualdad en la competencia política e impide saturación de publicidad en medios de comunicación y redes sociales.
En ese sentido, Lauga & García, 2007, establecen que la vinculación entre la campaña electoral y la búsqueda del poder hace necesario que esta tenga características propias y un conjunto de «normas éticas y jurídicas que contribuyan a que… no se transforme en una lucha indiscriminada».
Estos autores dejan claro que, para determinar desde un enfoque legal la campaña electoral, es necesaria la vigencia de un régimen especial que dé garantías en un plazo determinado su desarrollo; ya que –por lo general– los partidos nunca renuncian al activismo político, pese a que las leyes y reglamentos certifican el derecho a llevar un proselitismo activa y lo limita.
El especialista Ismael Crespo (2004), puntualiza que fuera de sus tareas puntuales -proporcionar información a los electores y persuadir el voto del elector–, la campaña electoral es una fuente de legitimar el sistema político; por lo que es necesario encaminar esfuerzos para encontrar modelos de regulación que ayuden su orientación a cumplir sus funciones, como una expresión que distingue el sistema de partidos de una sociedad democrática, formulada mediante la competencia electoral establecida con la prudencia que forma parte de la cultura política del país.
Hasta hace poco, la República Dominicana era el único país de Latino América sin un período específico para la realización de proselitismo político, es a partir de la aprobación de la Ley 33-18 de partidos cuando se inicia la legislación que regula la campaña electoral.
El Régimen Electoral y de Partidos precisa, en la resolución 028/2021 de la JCE, que el inicio de la precampaña de las elecciones del año 2024, será el segundo domingo de julio del año 2023, instruir antes de la fecha programada –en una sociedad como la nuestra– es desbordar al extremo las pasiones políticas, crear mucho desasosiego y generar violencia entre miembros y simpatizantes de las organizaciones políticas.
En ese sentido, la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos establece con claridad que los aspirantes que inicien su cruzada antes del tiempo oficial de campaña o precampaña serán sancionados con la inadmisibilidad de la candidatura. En cuanto a la violación para límites de los tiempos de campaña, la Ley 15-19 de Régimen Electoral instituye que le será aplicada una sanción administrativa de uno a doscientos salarios mínimos a: «Los candidatos y candidatas que organizaren manifestaciones, mítines o reuniones públicas antes del inicio formal de la campaña electoral que proclama la JCE».
Finalmente, es importante entender que el efecto positivo de una campaña electoral no se mide con el tiempo de duración, sino con el nivel de incidencia que pueda ejercer en el votante, por lo que argumentar que un periodo corto podría provocar una mayor abstención electoral y producir desinformación en el elector, es una falsa inventada por los políticos y sus partidos.