
Orden jurídico
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La historia nos ha enseñado que las leyes no pueden precipitarse. El escarceo que generaron las leyes Orgánica de Régimen Electoral –aprobada hace tan solo casi cuatro años– y la de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos no es menos que el avispero y la inconsistencia jurídica que estas piezas todavía provocan en el sistema político dominicano. Ambas piezas, con tan poco tiempo de su aprobación, van de mano en mano, de escenario en escenario, con cada quien imprimiendo sus propias consideraciones con la aspiración que estas sean introducidas (reintroducidas, en este caso) en sus respectivas reformas.
Necesaria fue la convocatoria a una legislatura extraordinaria por parte del Poder Ejecutivo para que el Congreso Nacional continuara con un debate que parece interminable. Un acuerdo entre las partes no da señales claras de que sea posible en el futuro inmediato. La Junta Central Electoral, sin duda el órgano idóneo para fijar posición sobre la elaboración de las leyes que regularán el accionar de los partidos, presentó con suficiente tiempo un borrador de lo que entiende cuáles serían las principales modificaciones que requieren estas controversiales leyes.
Diputados y senadores tienen sus visiones propias de lo establecido en cada parte de ambas leyes. Políticos al fin, defenderán a capa y espada la eliminación y la inclusión de disposiciones que garanticen su accionar en el ámbito de sus organizaciones. Pero debe ser, precisamente, el Poder Legislativo el más interesado en que el contenido de estas piezas no entren en contradicción con los preceptos constitucionales, las libertades públicas y el orden jurídico. Que en menos de cinco años se hayan producido sentencias en los tribunales de las Altas Cortes –el Constitucional, el Superior Administrativo y el Superior Electoral– con la eliminación de artículos incluidos en estas leyes, es una muestra irrevocable sobre las fallas de origen en las mismas.
Que predomine un espíritu de igualdad de condiciones, de competencia entre todo el sistema político, es una aspiración quimérica, pero no inalcanzable. Hay criterios y opiniones justas sobre las bondades del proyecto sometido al Congreso Nacional por parte de la Junta Central Electoral. Debe ser el punto de partida en este proceso interminable en el que las partes no logran coincidir para cerrar este capítulo, en un momento en que puedan ser aprobadas y aplicadas antes de las elecciones del 2024.
Las sentencias emitidas por los tres tribunales de las Altas Cortes que afectaron artículos fundamentales de ambas leyes, sugieren profundizar sobre el debate, abrir espacios para que se airee el sentido común y, sobre todo, prevalezca el orden jurídico que garantice la paz institucional que posibilita el desarrollo de una sociedad.