
Prohibir el gagá viola la Constitución
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De un tiempo a esta parte — precisamente en tiempos en que los medios de comunicación y la tecnología nos han transportado a residir en la «aldea global», aquella que el filósofo canadiense Marshall McLuhan pronosticó décadas antes de que llegara— hemos visto en nuestro país el surgimiento de posturas que atentan contra las manifestaciones culturales de nuestro pueblo, contraviniendo a nuestra Constitución.
El caso del gagá es una de esas manifestaciones culturales que se han visto afectadas por la postura intransigente y desconocedora de nuestros orígenes. Y pronto hemos pasado de las expresiones de rechazo y desnaturalizadoras a acciones de prohibición y obstaculización de dichas expresiones.
El gagá, igual que muchas otras expresiones culturales, ha convivido siempre con las demás creencias y manifestaciones, sin que ello suponga ningún perjuicio ni contravenga siquiera la religiosidad predominante.
Cientistas sociales como Dagoberto Tejeda, definen el gagá como «una manifestación sincrética de la cultura africana y europea, de la dominicana y la haitiana, convertida desde hace tiempo en culto religioso dentro de las ricas manifestaciones de la cultura dominicana».
La destacada antropóloga estadounidense June Rosenberg, que dedicó parte importante de su vida a investigar el gagá, en su libro El gagá. Religión y sociedad de un culto dominicano, explica que «las personas que participan en los gagás son dominicanos nacidos en los bateyes y que siguen viviendo en ellos o cerca de ellos o que de algún modo están relacionados con la industria azucarera. Una parte de ellos son dominicanos hijos de padres dominicanos, otros dominicanos de origen haitiano con dos y hasta tres generaciones de ascendientes que han quedado a vivir en el país».
Otros investigadores han aportado rigurosos estudios acerca del gagá como expresión cultural de la dominicanidad, siendo parte de la vida y las creencias de una parte importante de nuestra población, que lo asume y lo disfruta con la misma pasión que cualquiera otra de las ricas y diversas expresiones que forman nuestra cultura.
Este año, el ayuntamiento de El Seibo, abrazado a élites religiosas y políticas, prohibió la celebración de gagá durante el asueto de Semana Santa, violando así nuestra Constitución, que en su artículo 64 establece «Derecho a la cultura. Toda persona tiene derecho a participar y actuar con libertad y sin censura en la vida cultural de la Nación, al pleno acceso y disfrute de los bienes y servicios culturales, de los avances científicos y de la producción artística y literaria. El Estado protegerá los intereses morales y materiales sobre las obras de autores e inventores.
Prohibir el gagá, especialmente cuando esa agresión proviene de una autoridad, es un hecho grave que debe tener las consecuencias que establecen nuestras leyes.