
Equidad de género
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Aprobar una nueva ley o modificar una existente requiere de esfuerzos casi excepcionales. Es un ejercicio aparentemente democrático motorizado en la mayoría de los casos por intereses particulares o partidarios. Pero de algún poder debe emanar esta idea para que inicie su debate en el seno del Congreso Nacional, si corre la suerte a favor, para que agote este ciclo natural. Es probable que la Ley de Régimen Electoral –aprobada en febrero del 2019 y sometida a un intrincado proceso de reforma hace poco– y la de Partidos estén incluidas entre los textos que mayor agitación provocó en el espectro político general.
Cada quien interpreta sus artículos a conveniencia personal, más que general. Se supone que cualquier proyecto de ley es elaborado, analizado, estudiado, debatido y, finalmente aprobado, tras agotar cada proceso de manera rigurosa y académicamente validado. La Junta Central Electoral, organismo al que más impacta la Ley de Régimen Electoral, se echó sobre sus hombros el polémico y judicialmente confrontado con el interés de que fuera modificado antes de las elecciones municipales, congresuales y presidenciales del próximo año.
Todavía la tinta de la nueva ley no ha secado y empiezan a sonar los tambores de guerra en contra de uno de sus párrafos. Todo por la equidad de género, figura que el propio Román Jáquez, presidente de la Junta, defendió a capa y espadas en cada escenario, seminario o taller en que puso pies, levantando bandera a favor de un 50-50 mandatario para los partidos para la distribución de las candidaturas electivas. En su artículo 142, sobre este particular, se establece: «Las nominaciones y propuestas de candidaturas a diputados, regidores y vocales, se regirán por el principio de equidad de género, por lo que estas deberán estar integradas de acuerdo a lo establecido en la ley de partidos, agrupaciones y movimientos políticos por no menos de un cuarenta por ciento (40%) ni más de un sesenta por ciento (60%) de hombres y mujeres de la propuesta nacional».
La mujer, por méritos propios, al margen de los porcentajes de las cuotas, viene pisando fuerte no solo en el campo político sino en los círculos de poder desde hace varios años. El diputado nacional Elías Wessin Chávez, presidente del Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), uno de los que se opuso a los porcentajes de género, favorece con mucha razón que la definición de las candidaturas estuviera sustentada más por la capacidad y los méritos de sus aspirantes. Quienes atacan el referido párrafo de la ley argumentan que los porcentajes de cuota con respecto a la mujer «deben ser territorial y no global» como se estableció en la nueva reforma electoral.
Nos preguntamos, qué pasaría en aquellas demarcaciones donde un partido no tenga posibilidades –ni aspirantes ni militantes ni dirigentes– de postular mujeres en la cantidad que establece la ley ni para directoras municipales ni regidoras ni alcaldesas ni diputadas ni senadoras. En teoría, la equidad de género es una aspiración utópica que en la práctica se cumplirá de acuerdo a la realidad de cada partido.