Las cuotas no son malas, pero…
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En el sistema de partidos, el proceso de elección de candidatos a puestos electivos puede llevarse acabo mediante elecciones internas, primarias o convenciones. Estas elecciones pueden ser abiertas, semiabiertas o cerradas. En el caso de las elecciones abiertas, todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de votar, sin importar su simpatía o militancia política. En las elecciones semiabiertas, pueden votar los miembros del partido y los ciudadanos que no pertenezcan a ninguna otra agrupación política. Por otro lado, las elecciones cerradas solo permiten el voto de los militantes registrados en el padrón del partido.
Cuando los candidatos son seleccionados mediante convenciones o asambleas de miembros del partido, estos son elegidos por voto mayoritario en los órganos colegiados. Los partidos tienen libertad para decidir la manera en que designan a sus candidatos, pudiendo optar por cualquier modalidad o combinar varias. Algunos partidos, como el Reformista Social Cristiano, establecen en sus estatutos cinco mecanismos posibles para la designación de candidatos. Otros, como el Partido de la Liberación Dominicana, utilizan primarias cerradas para la mayoría de los cargos, mientras que otros utilizan primarias semiabiertas. Sin embargo, en muchos casos los candidatos son seleccionados por las cúpulas de los partidos mediante cuotas.
La Ley 286-04 establecía que todos los partidos debían seleccionar a sus candidatos mediante elecciones primarias abiertas, de voto directo y secreto. Esta ley buscaba fomentar una democracia participativa. Sin embargo, antes de su implementación, fue declarada inconstitucional y derogada en su totalidad.
Esta decisión generó un debate acerca de la autonomía de los partidos para decidir la forma en que realizan los procesos internos. La Fundación Derecho y Democracia presentó un recurso de inconstitucionalidad que fue acogido por la Suprema Corte de Justicia, lo cual provocó la derogación de la ley.
Las cuotas o reservas se refieren a la asignación de escaños dentro de los partidos políticos para grupos específicos, como mujeres, jóvenes, afrodescendientes y personas con discapacidad. El objetivo principal de estas reservas es promover la inclusión y la representación equitativa de todos los sectores de la sociedad en el ámbito político, garantizando que estos grupos históricamente marginados tengan voz y participación activa en la toma de decisiones políticas del país.
En el caso de los diputados, la Ley de Partidos Políticos establece que al menos el 40% de las candidaturas deben ser reservadas para mujeres, con el objetivo de fomentar su participación política y reducir la brecha de género en el ámbito legislativo. Además, se establece que al menos el 20% de las candidaturas deben ser reservadas para jóvenes menores de 35 años, con el fin de promover la participación de la juventud en la política.
Sin embargo, a pesar de todas estas medidas, los partidos utilizan estas reservas como una excusa para beneficiar a ciertas figuras, así como moneda de negociación, permitiendo que muchos puestos legislativos caigan en manos de personas que no representan a sus partidos, son incapaces o tienen dudosa reputación, creando malestar a lo interno de las organizaciones y escándalos como los vistos en casos que involucran a miembros del actual Congreso.